domingo, 27 de marzo de 2011

VIOLENCIA SOBRE LA MUJER, VIOLENCIA CONTRA LA MUJER. LA VIOLENCIA ES UNIVERSAL Y EL DOTARLA DE GÉNERO MEDIATIZA, Y DISCRIMINA.

VIOLENCIA SOBRE LA MUJER, VIOLENCIA CONTRA LA MUJER. LA VIOLENCIA ES UNIVERSAL Y EL DOTARLA DE GÉNERO MEDIATIZA, Y DISCRIMINA.

¿Violencia de género o violencia machista? Violencia sobre la mujer, violencia contra la mujer.

“Violencia es universal, porque todos los que la padecen son humanos, hacer una diferenciación entre la violencia en función del género es sexista, parcial, y sin sentido”.


Se llama violencia sobre la mujer o violencia contra la mujer a los actos violentos donde el sujeto pasivo es de sexo femenino, aunque generalmente se utiliza para englobar únicamente a aquéllos donde el sujeto activo es el hombre, y más concrétamente si es su pareja sentimental (violencia de pareja); o únicamente para englobar aquéllos actos violentos contra la mujer realizados por motivos discriminatorios sexistas (violencia machista).

La violencia contra la mujer ha sido definida por la Asamblea General de las Naciones Unidas en el artículo 1 de la «Declaración para la eliminación de la violencia contra la mujer» como:

Article 1: For the purposes of this Declaration, the term "violence against women" means any act of gender-based violence that results in, or is likely to result in, physical, sexual or psychological harm or suffering to women, including threats of such acts, coercion or arbitrary deprivation of liberty, whether occurring in public or in private life.

Traducción al español

Artículo 1: Para los propósitos de esta Declaración, el término «violencia contra la mujer» es todo acto de violencia fundamentado en el sexo que da o puede dar como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en el vida privada

Resolución 48/104 de la Asamblea General de la ONU, Declaration on the elimination of violence against Women", («Declaración para la eliminación de la violencia contra la mujer»), 20 de diciembre de 1993.

Terminología


El complejo y abstracto ámbito de aplicación del marco legislador repercute en la complejidad de diseñar una terminología que englobe y a la vez excluya de la misma los supuestos que delimita la legislación.

El término violencia engloba tanto la violencia física como la psicológica, sin embargo el término «sobre la mujer» está circunscrito únicamente a la esposa o aquélla que posea una relación de análoga afectividad (en donde entra la legislación especial) o que se realice de forma explícita por discriminación por razón de sexo (en donde entra la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal correspondiente).

El concepto ha sido denominado de forma extensiva como violencia de género desde 1993. La expresión violencia de género es la traducción del inglés gender-based violence o gender violence, expresión difundida a raíz del Congreso sobre la Mujer celebrado en Pekín en 1995 bajo los auspicios de la ONU. En el inglés se documenta desde antiguo un uso traslaticio de gender como sinónimo de sex, sin duda nacido del empeño puritano en evitar este vocablo. Con el auge de los estudios feministas, en los años sesenta del siglo xx se comenzó a utilizar en el mundo anglosajón el término gender con el sentido de «sexo de un ser humano» desde el punto de vista específico de las diferencias sociales y culturales, en oposición a las biológicas, existentes entre hombres y mujeres. Sin embargo, en español las palabras tienen género (y no sexo), mientras que los seres vivos tienen sexo (y no género). En español no existe tradición de uso de la palabra género como sinónimo de sexo. Así pues, mientras que con la voz sexo se designa una categoría meramente orgánica, biológica, con el término género se ha venido aludiendo a una categoría sociocultural que implica diferencias o desigualdades de índole social, económica, política, laboral, etc. En esa línea se habla de estudios de género, discriminación de género, violencia de género, etc. Y sobre esa base se ha llegado a veces a extender el uso del término género hasta su equivalencia con sexo. Además, cabe resaltar que violencia de género también cabría considerarse como del género femenino al género masculino, algo que no se contempla en la ley, y no engloba la violencia entre homosexuales o contra otros miembros del ámbito familiar.

Los términos violencia familiar o violencia intrafamiliar, con una importante presencia en Sudamérica, se vienen utilizando desde 1988 y 1993 respectivamente debido a lo común que resulta la aparición de esta violencia en el ámbito familiar; además de que las leyes que penan la violencia contra la mujer suelen considerar como requisito que ésta sea esposa o mantenga con el sujeto activo una relación de análoga afectividad. Sin embargo, es obvio observar que el término en sí comprende a la violencia entre todos los miembros de la familia, cuando su uso en este sentido está limitando su contexto exclusivamente al ámbito marital o cuando el sujeto pasivo sea especialmente vulnerable.

Por otro lado violencia de pareja, utilizado a partir de 2001, sí es un concepto que mantiene exclusividad en el ámbito marital, sin embargo comprendería también los actos referentes a la mujer como sujeto activo de la violencia y al hombre como sujeto pasivo, algo que no se contempla en la legislación.

De igual manera, desde 1983 también se ha denominado como violencia doméstica ya que resulta común que la violencia aparezca en el ámbito doméstico. Sin embargo, este término excluye a la discriminación contra la mujer fuera del hogar (por ejemplo, en ámbitos deportivos, artísticos o de trabajo), y además engloba al resto de posibles habitantes del hogar y no sólo a la mujer como sujeto pasivo respecto del marido como sujeto activo - aunque tendría precisamente la ventaja de aludir, entre otras cosas, a los trastornos y consecuencias que esa violencia causa en el hogar en su conjunto. Sin embargo, en la mayoría de las legislaciones no se precisa que ambos compartan domicilio. Es por ello que la Real Academia de la Lengua recomienda el uso de violencia doméstica o por razón de sexo, utilizando el final «o por razón de sexo» para englobar aquella violencia que no pertenezca al ámbito doméstico que se realice contra la mujer. Sin embargo esa terminación está englobando a toda aquella violencia que se realiza por discriminación por razón de sexo por lo que jurídicamente es incorrecta. Por un lado se está abarcando toda aquella violencia ejercida por discriminación, cuando el requisito indispensable para aplicar el marco penal se corresponde con que la mujer sea esposa o análoga y exista violencia, no con que la violencia sea fruto de una discriminación (que es una agravante tradicional en el Derecho penal comparado de los Estados de Derecho). De esta forma, por un lado se está extralimitando el ámbito de aplicación al considerar toda la violencia doméstica o toda la violencia por razón de sexo, ya que se trata únicamente de la que desarrolla el hombre sobre la mujer, y por otro se está limitando el ámbito de aplicación o bien a aquella violencia que aparezca exclusivamente en el ámbito del hogar o bien a aquella que se realice por motivos de discriminación, cuando las leyes suelen recoger la violencia marital también cuando no existe convivencia en común y cuando no se realiza necesariamente por motivos de discriminación.

Para referirse a este tipo de violencia se han utilizado otros términos como violencia sexista, violencia machista o violencia hembrista, generalmente por grupos y asociaciones feministas. Sin embargo, estas acepciones presuponen que la violencia es debida a razones de discriminación por razón de sexo, algo que no es necesario para considerar que existe violencia contra una mujer ya que ésta no tiene por qué estar motivada necesariamente por un móvil sexista o discriminatorio.

Con respecto a la dualidad de términos violencia sobre la mujer y violencia contra la mujer, aunque el primero es el utilizado dentro de los organismos e instituciones jurídicas penales y este último se corresponde con una traducción literal de violence against women, ambos son ampliamente usados y aceptados.

martes, 8 de marzo de 2011

LA DIFICIL SUPERVIVENCIA DE LOS CRISTIANOS COPTOS EN EGIPTO Y TODO ORIENTE MEDIO.



Las matanzas tuvieron uno de sus episodios más violentos poco antes de la revolución que derrocó a Mubarak.
Musulmanes airados queman iglesias y matan impunemente a cristianos sin que el mundo progre e hipóctita diga nada para no herir la sensibilidad de los asesinos.



El término copto significa egipcio en griego, y alude a todos aquellos que se mantuvieron fieles al cristianismo tras la invasión árabe del siglo VII. Su lengua, procedente del antiguo egipcio –más tarde sustituida por el árabe– se ha mantenido en la liturgia. E incluso han conservado un alfabeto y un calendario propios.

Pero no sólo los cristianos egipcios son llamados coptos; también los cristianos etíopes, los eritreos e históricamente, aunque desaparecidos tras la invasión islámica, los nubios.

La Iglesia copta nació tras la separación operada en el Patriarcado de Alejandría a causa de las divergencias creadas por el Concilio de Calcedonia en 451, cuando la Iglesia, por motivo de la herejía nestoriana, se vio precisada de definir las naturalezas humana y divina como propias de Cristo. Los coptos, celosos de la divinidad del Salvador, consideraron que la sustancia humana de este había sido absorbida por su infinita naturaleza divina y, por tanto, en Cristo no habría más que divinidad. Es lo que se conoce como herejía monofisita.

Prédica de Marcos
Egipto fue evangelizado por el apóstol San Marcos a partir de las comunidades hebreas residentes en Alejandría. Fue allí donde se adoptó como símbolo cristiano la cruz. Además, el que fueran los judíos quienes aceptaran originariamente la nueva predicación se ha traducido en la pervivencia de la Biblia Septuaginta –escrita en griego y utilizada por los judíos desde el siglo III a. C.– como la canónica en la Iglesia ortodoxa copta.

Existen dos grandes grupos que reciben la denominación de copto: los ortodoxos y los católicos, aunque los primeros son mayoría muy amplia. Los católicos son una secesión de la Iglesia copta mayoritaria, operada en el siglo XVIII, cuando un obispo copto de Jerusalén se pasó al catolicismo, y con él la comunidad copta a la que pertenecía. Aunque dicho obispo más tarde reingresaría en el cisma ortodoxo, la línea de sucesión apostólica se mantuvo tras él, y la comunidad permaneció católica. Hoy día, la mayor parte de los católicos coptos viven en el alto Egipto.

Silueta luminosa

Esta Iglesia, obediente al Papa romano, como el conjunto de los católicos, tiene por cabeza a su propio patriarca de Alejandría, que reside en El Cairo. El patriarca es nombrado por el Santo Sínodo de la Iglesia católica copta y luego requerido por Roma para la comunión eclesial con la Santa Sede.

En el mundo del islam, las comunidades coptas viven como islas en un mar de hostilidad. Las principales ciudades egipcias cuentan todas con su barrio copto, en el que se hacinan los cristianos que aún sobreviven, tal y como lo hacían durante la Edad Media. De vez en cuando, los grupos más radicales de confesión musulmana desfogan contra dichas comunidades todo su odio y frustración.
El cristianismo copto en Egipto fue duramente atacado por los extremistas musulmanes en El Cairo pocas fechas antes del estallido de las revueltas contra Mubarak. Sin ir más lejos, el pasado sábado, los asistentes a un entierro de dos musulmanes muertos en una riña, terminaron su duelo quemando una iglesia.

En la actualidad, en Egipto viven unos siete millones de coptos; en su mayoría, ortodoxos. En Etiopía hay unos 50 millones de coptos ortodoxos y en Sudán son buena parte de los tres millones de cristianos. Eritrea tiene unos dos millones de coptos, más una cierta población católica nada desdeñable.

En los últimos años, la comunidad copta egipcia ha sido testigo de manifestaciones marianas de gran trascendencia, aprobadas como tales por la máxima autoridad copta ortodoxa. Entre ellas, las apariciones de 1968, que se prolongaron hasta 1970, y que sucedieron en la localidad de Zeitun (olivo, en árabe) en una poderosa evocación de la paz. Acaecidas sobre la iglesia de San Marcos, tuvieron lugar en un sitio en el que, según asegura la tradición, encontró acomodo la Sagrada Familia durante su huida a Egipto.

La epifanía mariana, en forma de luminosidad recortada contra un fondo de profunda oscuridad nocturna sobre los templos coptos, se ha reproducido en otras ocasiones, algunas muy recientes. Aunque no hay mensaje alguno, sino solo contemplación, muchos fieles han querido ver en estas apariciones una bondadosa y animante advertencia del Cielo.